El Formulario I-864 (Affidavit of Support) es un contrato legal entre el patrocinador y el gobierno de EEUU. Su propósito es garantizar que el inmigrante que solicita la residencia permanente no se convierta en una «carga pública» para el Estado. Es uno de los pasos más técnicos de las peticiones familiares — un I-864 incompleto o con ingresos insuficientes es una de las causas más frecuentes de demoras.
Aviso importante: esta guía es informativa. El I-864 es un contrato legalmente ejecutable — si el inmigrante usa ciertos beneficios públicos, el gobierno puede reclamar al patrocinador. Consultá con un abogado si tenés dudas.
Descargar Formulario I-864 oficial en USCIS
Quién debe presentar el I-864
El patrocinador principal es generalmente el ciudadano o residente permanente que presentó el I-130. Debe ser mayor de 18 años, residir en EEUU y tener domicilio en el país. Si los ingresos del patrocinador principal no alcanzan, puede sumarse un patrocinador conjunto (Joint Sponsor) que presente su propio I-864 por separado.
Cómo calcular el tamaño del hogar
El «household size» (tamaño del hogar) determina el ingreso mínimo requerido. Se calcula incluyendo:
- El patrocinador.
- Su cónyuge (si corresponde).
- Sus hijos dependientes (menores de 21 años o que viven con el patrocinador).
- Cualquier persona que reclamó como dependiente en la última declaración de impuestos.
- Cualquier inmigrante previamente patrocinado bajo un I-864 si la obligación sigue activa.
- El inmigrante que está siendo patrocinado ahora.
Error frecuente: no incluir al inmigrante en el conteo. Si omitís a alguien, el tamaño del hogar queda incorrecto y el USCIS puede emitir un RFE.
Ingresos mínimos requeridos en 2026
El patrocinador debe demostrar ingresos iguales o superiores al 125% del Nivel Federal de Pobreza para su tamaño de hogar. Excepción: militares activos patrocinando a familiares inmediatos solo necesitan el 100%.
Referencia para los 48 estados contiguos (125% FPG 2026):
- Hogar de 2 personas: $27.050 anuales
- Hogar de 3 personas: $34.150 anuales
- Hogar de 4 personas: $41.250 anuales
- Por cada persona adicional: agregar aproximadamente $7.100
Alaska y Hawaii tienen umbrales más altos. Verificá la tabla oficial del año vigente en el Formulario I-864P de USCIS.
Qué ingresos cuentan
- Ingresos del empleo: salario, ingresos por cuenta propia, honorarios.
- Ingresos no salariales: rentas, inversiones, jubilación, pensión — con documentación.
- Ingresos de la pareja: solo si vivís juntos y firmaste un I-864A (Household Member Contract).
- Ingresos del inmigrante: pueden incluirse si continuarán después de obtener la residencia.
Importante: USCIS usa principalmente la declaración de impuestos más reciente. Si presentás el I-864 después del 15 de abril de 2026, debés incluir la declaración del año 2025. Si tus ingresos actuales subieron respecto al año fiscal anterior, adjuntá comprobantes de sueldo recientes y una carta de empleo.
Qué pasa si los ingresos no alcanzan
Tenés tres opciones:
- Activos: el valor neto de tus activos (ahorros, propiedades, inversiones) puede compensar la diferencia. Para la mayoría de los casos, el valor neto debe ser al menos 5 veces la diferencia entre tus ingresos y el 125% del nivel de pobreza. Para cónyuges e hijos de ciudadanos, se acepta 3 veces esa diferencia.
- Patrocinador conjunto (Joint Sponsor): cualquier ciudadano o residente permanente mayor de 18 años que viva en EEUU y califique por sus propios ingresos. No necesita ser familiar. Presenta su propio I-864 por separado — no puede combinar sus ingresos con los tuyos.
- Miembro del hogar (I-864A): alguien que vive con vos puede agregar sus ingresos firmando un I-864A.
Documentos que hay que adjuntar
- Formulario I-864 completo y firmado de forma manuscrita.
- Declaración de impuestos federal más reciente (o transcripción del IRS) — últimas 3 temporadas si disponibles.
- W-2 o 1099 del año fiscal más reciente.
- Carta de empleo actualizada con cargo, fecha de inicio y salario anual.
- Comprobantes de pago recientes (pay stubs de los últimos 3-6 meses).
- Prueba de ciudadanía o residencia del patrocinador (pasaporte, Green Card).
- Si usás activos: estados de cuenta bancarios, tasaciones de propiedades, documentos de inversiones.
Errores comunes que generan demoras
- No incluir todas las páginas del formulario — debe enviarse completo aunque algunas páginas estén en blanco.
- Calcular mal el tamaño del hogar — olvidar incluir al inmigrante o a dependientes anteriores.
- Usar declaraciones de impuestos de más de 3 años atrás.
- No firmar el formulario de forma manuscrita cuando se presenta en papel.
- El patrocinador conjunto intenta combinar sus ingresos con los del patrocinador principal — no es posible, cada uno presenta su propio I-864.
Preguntas frecuentes
¿Hasta cuándo soy responsable como patrocinador?
La responsabilidad termina cuando el inmigrante se convierte en ciudadano estadounidense, acumula 40 créditos de trabajo (generalmente 10 años de trabajo), abandona permanentemente EEUU o fallece. El divorcio no termina la responsabilidad del patrocinador.
¿Qué pasa si el inmigrante usa beneficios públicos?
Ciertos programas federales pueden reclamar al patrocinador el reembolso de los beneficios usados por el inmigrante. El I-864 es legalmente ejecutable — no es solo un trámite, es un compromiso financiero real.
¿Puedo usar mis ahorros si mi sueldo es bajo?
Sí, pero el valor neto de los activos debe ser significativamente mayor a la diferencia de ingresos requerida — generalmente 5 veces esa diferencia (3 veces para cónyuges e hijos de ciudadanos). Por ejemplo, si te faltan $10.000 en ingresos, necesitás al menos $50.000 en activos netos demostrables.
¿Necesito presentar impuestos de los últimos 3 años?
El formulario pide los últimos 3 años, pero USCIS se enfoca principalmente en el año más reciente. Si no presentaste impuestos en alguno de esos años porque no estabas obligado, adjuntá una explicación escrita.
Para otros trámites relacionados podés ver Formulario I-130 para pedir a un familiar, Formulario I-485 para la Green Card y cómo hacer un pago al IRS online.
Fuentes oficiales: USCIS: Formulario I-864 | USCIS: I-864P Poverty Guidelines
Esta guía es informativa y puede variar por actualizaciones en las leyes migratorias o los niveles federales de pobreza. Verificá siempre los valores vigentes en uscis.gov y consultá con un abogado de inmigración para tu caso específico.







